A- de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante De Oficio Procesado Gutierrez Rodriguez Jhon Antonio·Demandado Gutierrez Rodriguez Jhon Antonio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y cuatro Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Ciento ochenta y cinco de Instrucción Penal Militar.
La controversia se dio en ocasión de un proceso penal abierto por el delito de homicidio a título de dolo eventual en contra de un miembro de la fuerza pública.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Sala Plena determinó que, por las serias dudas que existen sobre la conducta realizada y su relación con el servicio, es la jurisdicción ordinaria en su especialidad penal quien tiene la competencia, pues no se cumplen con los factores funcional y subjetivo para la competencia de la jurisdicción penal militar.
Con base a lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Cuarenta y cuatro Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y cuatro Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Ciento ochenta y cinco de Instrucción Penal Militar, y DECLARAR que el Juzgado Cuarenta y cuatro Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1923 al Juzgado Cuarenta y cuatro Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Ciento ochenta y cinco de Instrucción Penal Militar y, a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.